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Identidad visual y articulación con GOV.CO

Son los elementos que todo portal público debe tener en la parte superior (barra GOV.CO), en el pie de página (datos de contacto, líneas, notificaciones judiciales, mapa del sitio, políticas) y en el menú principal (Transparencia, Atención y servicios a la ciudadanía, Participa). Son los ítems más fáciles de cumplir y de verificar.

20 preguntas en la matriz oficial · Responsables habituales: Comunicaciones y webmaster.

Barra superior GOV.CO

Nombre en la matriz oficial: Top Bar(GOV.CO). · 1 pregunta

Qué pide
Una barra en la parte superior de todas las páginas con el logo de GOV.CO que enlace a www.gov.co.
Dónde publicarlo
Encabezado (header) de todas las páginas del portal.
Quién lo entrega
Webmaster.
Qué URL reportar
La URL de la página de inicio del portal.

Cómo dejarlo listo

  1. Instale la barra superior GOV.CO siguiendo los lineamientos gráficos de MinTIC.
  2. Verifique que el enlace apunte a https://www.gov.co/ y que aparezca en todas las plantillas.

Errores frecuentes

  • La barra está solo en la página de inicio y no en las internas.

Preguntas oficiales de la matriz

  • N.º 10 Top Bar o barra en la parte superior del sitio web, que redireccione al Portal Único del Estado Colombiano GOV.CO. Para entidades de la rama ejecutiva de los niveles nacional y territorial del sector central y descentralizado por servicios o territorialmente (numeral 2.1.1 de la Resolución 1519 de 2020) : Deberán acondicionar una barra superior completa con acceso al Portal Único del Estado c... Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.

Pie de página con datos obligatorios

Nombre en la matriz oficial: Footer o pie de página. · 12 preguntas

Qué pide
Un pie de página con: imagen de GOV.CO y marca país, nombre de la entidad, redes sociales, teléfono conmutador, línea gratuita, línea anticorrupción, canales físicos y electrónicos de atención, correo de notificaciones judiciales, enlace al mapa del sitio y enlace a las políticas.
Dónde publicarlo
Pie de página (footer) de todas las páginas.
Quién lo entrega
Comunicaciones (contenido) y webmaster (implementación).
Qué URL reportar
La URL de la página de inicio (el pie de página se ve en todas).

Cómo dejarlo listo

  1. Revise el pie de página contra la lista de la matriz, elemento por elemento.
  2. Agregue los datos faltantes: los que más se omiten son la línea anticorrupción y el correo de notificaciones judiciales.
  3. Verifique que el pie de página sea igual en todas las plantillas del sitio.

Errores frecuentes

  • Usar un correo genérico (contacto@) como correo de notificaciones judiciales sin rotularlo.
  • El enlace “Mapa del sitio” apunta a un sitemap.xml técnico en vez de una página navegable.

Preguntas oficiales de la matriz

  • N.º 11 Los sujetos obligados deberán incluir un footer o pie de página que contenga los siguientes ítems:
  • N.º 12 Imagen del Portal Único del Estado Colombiano y el logo de la marca paísCO - Colombia. Para las entidades de la rama ejecutiva de los niveles nacional y territorial del sector central y las descentralizadas por servicios o territorialmente: su publicación es obligatoria. De igual modo, para las entidades territoriales la paleta de colores podrá variar, conforme con... Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 13 Nombre de la entidad. Como mínimo, una dirección incluyendo del departamento (si aplica) y municipio o distrito. Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020,
  • N.º 14 Vínculo a redes sociales, para ser redireccionado en los botones respectivos. Para las entidades de la rama ejecutiva de los niveles nacional y territorial del sector central y las descentralizadas por servicios o territorialmente: La autoridad deberá, en virtud del artículo 16 del Decreto 2106 de 2019, y del capítulo V del Decreto Nacional 1080 de 2014, y... Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 15 DATOS DE CONTACTO:
  • N.º 16 Teléfono conmutador. Todas las líneas telefónicas deberán incluir el prefijo de país +57, y el número significativo nacional (indicativo nacional) que determine la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 17 Línea gratuita o línea de servicio a la ciudadanía/usuario. Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020. Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 18 Línea anticorrupción. Para las entidades de la rama ejecutiva de los niveles nacional y territorial del sector central y las descentralizadas por servicios o territorialmente: la publicación es obligatoria. Para los demás sujetos obligados: solo debe hacerse si cuenta con la misma. Todas las líneas te... Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 19 Canales físicos y electrónicos para atención al público. Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020. Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 20 Correo de notificaciones judiciales. Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020. Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 21 Enlace para el mapa del sitio. Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020. Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 22 Enlace para vincular a las políticas que hace referencia en el numeral 2.3 ( Términos y condiciones, Política de privacidad y tratamiento de datos personales, Política de derechos de autor y/o autorización de uso sobre los contenidos y otras políticas que correspondan conforme con la normatividad vigente). Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020. Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.

Políticas del sitio (términos, privacidad, derechos de autor)

Nombre en la matriz oficial: Requisitos mínimos de políticas y cumplimiento legal. · 4 preguntas

Qué pide
Páginas publicadas con los términos y condiciones de uso, la política de privacidad y tratamiento de datos personales, la política de derechos de autor y las demás políticas que apliquen.
Dónde publicarlo
Enlaces desde el pie de página; contenido en Transparencia y acceso a la información pública o en una sección “Políticas”.
Quién lo entrega
Oficina Jurídica (contenido) y webmaster (publicación).
Qué URL reportar
La URL de cada política.

Cómo dejarlo listo

  1. Verifique que cada política exista como página o documento independiente y vigente.
  2. Enlácelas desde el pie de página.
  3. Incluya la fecha de adopción o actualización.

Errores frecuentes

  • Tener una sola página “Políticas” sin la de derechos de autor.

Preguntas oficiales de la matriz

  • N.º 23 Términos y condiciones. Todos los sujetos obligados deberán publicar los términos y condiciones para el uso de todos sus sitios web, plataformas, aplicaciones, trámites y servicios, servicios de pasarela de pago, consulta de acceso a información pública, otros procedimientos administrativos, entre otros... Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 24 Política de privacidad y tratamiento de datos personales. Todos los sujetos obligados deberán publicar su política de privacidad y tratamiento de datos personales, conforme las disposiciones de la Ley 1581 del 2012, y demás instrucciones o disposiciones relacionadas, o aquellas que las modifiquen, adicionen o deroguen. Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 25 Política de derechos de autor y/o autorización de uso sobre los contenidos. Los sujetos obligados deberán publicar su política de derechos de autor y/o autorización de uso de los datos y contenidos, en la cual, deberán incluir el alcance y limitaciones relacionados con el uso de datos, información, contenidos y códigos fuente producidos por los sujetos o... Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.
  • N.º 26 Otras políticas que correspondan conforme con la normativa vigente. Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020 Norma: Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020.